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jueves, 22 de marzo de 2012

Permiso Temporal para Personal Extranjero


Permiso Temporal para Personal Extranjero contratado por
Empresas bajo contrato con el Gobierno de Panamá

ARTÍCULO 71. El extranjero que ingresa al amparo de este permiso lo hace para prestar un servicio específico dentro de una empresa que ha celebrado contrato con el Estado. El trabajador podrá prorrogar sus permisos de residencia anualmente mientras dure la vigencia del contrato hasta por seis (6) años.

ARTÍCULO 72. La contratación de estos extranjeros debe cumplir con los porcentajes de contratación de extranjeros establecidos en esta reglamentación ya sea dentro del 10% del personal ordinario o dentro del 15% del personal especializado, según sea el caso.

ARTÍCULO 73. Solo se aceptan las solicitudes de empresas que tengan un contrato directo con el Estado, bajo esta subcategoría no se aceptarán solicitudes de empresas subcontratadas. En los casos en que se trate de oficios o profesiones reservadas por Ley a los nacionales o con Leyes Especiales, deberán cumplir con dichas normas y aportar las autorizaciones respectivas.

ARTÍCULO 74. En adición a los requisitos comunes establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley, el solicitante deberá aportar los siguientes documentos:

1. Copia simple del contrato celebrado entre la empresa y el Gobierno refrendado por la Contraloría General de la

Nación o copia de la Gaceta Oficial en la cual se publicó dicho contrato

2. Comprobante de afiliación a la Caja de Seguro Social, con copia del carné

3. Carta de responsabilidad de la empresa, que especifique la posición que ocupa y el salario a devengar

4. Copia del Aviso Operación de la empresa

5. Permiso de trabajo con la respectiva copia de su carné

6. Copia del certificado de la empresa inscrita en Registro Público

7. Carta emitida por la entidad estatal responsable de la contratación y su ejecución.

ARTÍCULO 75. Para solicitar prórroga, además de los requisitos mencionados en los numerales descritos en el artículo anterior, el solicitante deberá aportar los siguientes documentos:

1. Certificación de la Caja de Seguro Social que acredite el pago de nueve (9) cuotas consecutivas, sin perjuicio de

que haya hecho cambio de empresa contratada por el Gobierno

2. Paz y salvo nacional de renta del solicitante

Proxima publicacion: Permiso temporal  para personal extranjero contratado como Ejecutivo en Empresa de la Zona Libre de Colón